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El Gobierno aprueba el decreto que flexibiliza las condiciones para el acceso a las ayudas de la PAC acordado para poner fin a las protestas

Se aprobó el martes 18 de junio y recoge 43 medidas de simplificación y flexibilización

20 06 2024

Según indica el Ministerio de las 43 medidas comprometidas a mediados de abril, 11 ya están ejecutadas y otras 6 se encuentran en fase muy avanzada. Del resto, 22 se encuentran en curso y en otras 4 se ha iniciado el recorrido.

Real Decreto 567/2024, de 18 de junio de 2024

El proyecto de real decreto para el acceso a las ayudas de la PAC modifica, en concreto, el alcance de cuatro de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra (BCAM) y flexibiliza la aplicación de controles y penalizaciones en materia de condicionalidad. Buena parte de estas medidas podrán ser de aplicación ya en este mismo año, con efecto retroactivo desde el 1 de enero.

En relación con la BCAM 5 (Gestión de la labranza), se añaden nuevas excepciones para su cumplimiento en las parcelas de menor tamaño, así como para determinados cultivos leñosos ya implantados, que será de aplicación a partir de la solicitud única de la PAC de 2025.

En la BCAM 6 (Cobertura mínima del suelo), el proyecto de real decreto contempla que se pueda llevar a cabo la práctica del abonado en verde y que sobre los rastrojos de los cultivos herbáceos se puedan realizar labores poco profundas. Además, se permite hacer uso de las cubiertas inertes en el caso de las plantaciones de cultivos leñosos en parcelas con una pendiente superior al 10 %. Se contempla, además, que por razones climáticas locales el periodo en el que es necesario mantener las cubiertas vegetales en los cultivos leñosos pueda ser ajustado por la comunidad autónoma correspondiente a cuatro meses consecutivos.  Estas flexibilidades serán de aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2024.

Asimismo, se contempla como alternativa a las actuales obligaciones sobre la rotación de cultivos (BCAM 7) que los agricultores puedan realizar únicamente una diversificación anual de los mismos en su explotación. Esta alternativa es de aplicación para la solicitud única 2024. Por otro lado, se establece también una alternativa a los agricultores para cumplir con esta BCAM únicamente mediante rotación, que será de aplicación a partir de la solicitud única 2025. 

La obligatoriedad de dejar un porcentaje de la superficie de la explotación no productiva a la que se refiere la primera obligación de la BCAM 8 se elimina, de forma que aquellos agricultores que así lo decidan, puedan cultivar estas superficies. Esta medida también será de aplicación en la campaña de 2024.

El real decreto aprobado recoge además que, en materia de condicionalidad reforzada, todos aquellos beneficiarios de ayudas cuya explotación sea igual o inferior a 10 hectáreas de superficie agraria declarada, quedan exentos de los controles, así como de las penalizaciones. Esta modificación será de aplicación ya también en la solicitud única 2024, y beneficia a unos 345.000 pequeños agricultores, el 55 % del total de perceptores de ayudas de la PAC en España.

Además, en la normativa aprobada para mejorar el acceso a las ayudas de la PAC se ha incluido la modificación del Real Decreto 1048/2022 que fue sometida recientemente a audiencia pública y que elimina las penalizaciones por presentaciones fuera de plazo de la solicitud única de la Política Agraria Común para el año 2024 en el periodo entre el 1 y el 15 de junio, con carácter retroactivo. Este cambio ha permitido que los agricultores y ganaderos hayan podido presentar la solicitud única de 2024 hasta el 15 de junio.

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