Norma Arroz Hongos y Oomicetos Insectos Malas hierbas Fitosanitarios de síntesis Informaciones técnicas Normativa nacional Normativa autonómica Sostenibilidad

Autores: GOBIERNO DE ARAGÓN

Publicación: BOA, n. 63, 28 de mayo de 2007

Fuente: BOA

Año de publicación: 2007

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Norma Técnica Específica para la producción integrada de arroz

Instalaciones equipos y protección de la seguridad y salud de los trabajadores, aspectos propios del cultivo, y aspectos propios de la central/almacén.

 $ El Decreto 223/2002, de 25 de junio de 2002, del Gobierno de Aragón, por el que se regula y fomenta la producción integrada de vegetales, establece los principios generales a que debe sujetarse la producción integrada de vegetales, previéndose en el apartado 2 de su artículo 3 que por Orden del Consejero competente en materia de agricultura podrán desarrollarse y especificarse los principios generales señalados así como determinar, en el marco de los mismos, las condiciones técnicas específicas para cada cultivo o grupo de cultivos. Por otra parte, este sistema productivo ha sido regulado recientemente por la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón, integrándolo de un modo expreso en su marco de calidad diferenciada.
 
Una vez definidas las nuevas normas generales que regulan la producción integrada de vegetales y que sustituyen a las establecidas en la Orden de 9 de agosto de 2002 del Departamento de Agricultura, procede a continuación aprobar mediante Orden del Consejero de Agricultura y Alimentación las reglamentaciones técnicas específicas, para cada cultivo o grupo de cultivos, que reemplacen a las hasta ahora vigentes y que determinen en cada caso las prácticas prohibidas, las obligatorias y las recomendables, completando así la regulación en materia de producción integrada definida en el Decreto 223/2002 y en las normas generales sobre producción integrada

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