Insectos Normativa nacional Almendro Olivo Vid * Frutales Bacterias Programas de lucha y control Informe Norma

Autores: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Publicación: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Medio Ambiente. p. 185

Fuente: MAPA

Año de publicación: 2019

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Plan de contingencia de Xylella fastidiosa 2019. Programa Nacional para la aplicación de la normativa fitosanitaria.

En 2015 la Comisión Europea publicó la Decisión 2015/789, sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de Xylella fastidiosa, que se ha ido modificando teniendo en cuenta los avances científicos y la situación de los distintos brotes de la UE. España para cumplir lo dispuesto en dicha Decisión aprobó en el seno del Comité Fitosanitario Nacional en 2015 el Plan Nacional de Contingencia que ha sido modificado para estar en línea con lo dispuesto en la Decisión.

En el presente documento se recogen las medidas que deben adoptarse contra la bacteria Xylella fastidiosa, organismo nocivo regulado, con el objetivo de impedir su aparición, y en caso de que aparezca, actuar con rapidez y eficacia, determinar su distribución y aplicar medidas de erradicación.

Xylella fastidiosa es una bacteria con un rango de hospedantes muy amplio, y que produce graves daños en cultivos muy importantes en nuestro país como los cítricos, la vid, el olivo y los frutales de hueso, almendros, así como en numerosas especies ornamentales. Se considera que el riesgo de introducción en nuestro país es muy alto, puesto que se dan las condiciones climáticas para que se establezca, y es probable que se haya introducido mediante la importación de material vegetal de especies hospedantes, procedentes de países en los que se ha detectado esta bacteria. Son frecuentes las infecciones latentes (asintomáticas), lo que dificulta su detección, y la erradicación una vez detectada es muy difícil, por lo que la mejor estrategia ante esta plaga es la prevención.

Las medidas que se describen a continuación de acuerdo a la legislación vigente son de aplicación en todo el territorio nacional, exceptuando las Islas Canarias. En tanto la Comisión Europea no se pronuncie al respecto, la duración del programa se prevé ilimitada. En todo momento y como consecuencia de la situación de la plaga, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPA) podrá introducir las modificaciones que se consideren necesarias o determinar su conclusión.

 

 

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